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El Supremo amplia los supuestos de accidente “IN ITINERE”

El Supremo amplia los supuestos de accidente “IN ITINERE”

El Tribunal Supremo ha considerado como accidente in itinere el de un trabajador que chocó con su vehículo a más de cien kilómetros de su centro de trabajo un domingo por la noche. Melchor viajaba desde el domicilio familiar en León a Soria donde residía entre semana para acudir a trabajar como conductor de maquinaria pesada. El pleno de la sala de lo social considera por unanimidad que “la realidad social está imponiendo unas exigencias de movilidad que obligan a los trabajadores a ajustes continuos”.

Melchor pasaba los fines de semana en su domicilio familiar de León pero residía entre semana en Soria donde trabajaba como conductor de maquinaria pesada. Cada domingo se hacía 365 kilómetros en coche para poder estar el lunes a las ocho de la mañana en su puesto de trabajo. Un domingo sufrió un accidente de tráfico que le mantuvo apartado de sus funciones durante más de un año. Melchor reclamó que fuera considerado accidente laboral pero la mutua se lo negó porque La finalidad del viaje no era laboral y el accidente se produjo un domingo a más de cien kilómetros del centro de trabajo. El juzgado de lo social de León sí que le dio la razón pero el Tribunal Superior de Justicia se la volvió a quitar.

El pleno de la sala de lo social del Tribunal Supremo es el que, definitivamente, ha dado la razón al trabajador. Los magistrados por unanimidad amplían los supuestos de accidentes ocurridos al ir o volver del trabajo, adaptándolos a la realidad actual. Dice la sentencia, de la que ha sido ponente Aurelio Desdentado, que “las nuevas formas de organización del trabajo están imponiendo en el hogar familiar unas exigencias de movilidad territorial que obligan a los trabajadores a ajustes continuos que no siempre pueden traducirse en un cambio de domicilio”.

La sala concluye que en el caso concreto se dan todos los requisitos para considerar los hechos como accidente in itinere porque “la finalidad del viaje estaba determinada por el trabajo” y viajar a esa hora y ese día “era una opción adecuada para, después del descanso, poder incorporarse al día siguiente al trabajo en unas condiciones más convenientes para la seguridad y para el rendimiento laboral”.

LA REPERCUSIÓN DE LOS ACCIDENTES “IN ITINERE” EN LA POBLACIÓN TRABAJADORA

Fesvial (Fundación Española para la Seguridad Vial) y Seguros Pelayo, han elaborado el informe ‘La repercusión de los accidentes in itinere en la población trabajadora’, que analiza los accidentes laborales viales, en especial de los accidentes in itinere, según los datos del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, INSHT, y de un barómetro sociológico, realizado con el objetivo de detectar el grado de conocimiento de los trabajadores sobre estos accidentes. Entre los principales datos del informe destacan los siguientes:

De los 831 accidentes laborales mortales que se produjeron en 2009, el 35% fueron accidentes de tráfico. Por lo tanto 1 de cada 3 accidentes laborales mortales se producen por el tráfico. El gran número de desplazamientos diarios a los centros de trabajo en vehículo privado, suponen un elevado riesgo de sufrir accidentes laborales viales.
En el 2009 se produjeron 49.335 accidentes in itinere, a pesar que la tasa de accidentalidad de víctimas mortales por accidentes laborales viales se redujo desde el 2007 al 2009 en un 40%. En el caso de los accidentes in itinere las víctimas mortales se han reducido durante esos años un 44%.

Los principales factores de riesgo implicados en los accidentes laborales viales son las distracciones, la fatiga, el sueño y velocidad inadecuada. Estos factores se producen generalmente en trayectos que se realizan frecuentemente, produciéndose una rutina y excesiva confianza en la conducción, implicando un mayor riesgo a sufrir un accidente laboral vial.

Fuente: Cadena SER

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